ADE PIMEM. Associació d'Empresaries de la Petita i Mitjana Empresa de Baleares


Ayudas para la elaboración e implantación de Planes de Igualdad PDF Imprimir a/e
Canales ADE - Ayudas y Subvenciones
Las empresas de menos de 250 trabajadores que quieran poner en marcha planes de igualdad para el periodo 2008-2009, destinados a favorecer la conciliación y la promoción de las mujeres en puestos de mayor responsabilidad pueden presentar sus solicitudes al Instituto de la Mujer hasta el 12 de agosto.

Es una buena oportunidad para vuestras empresas, aprovechadla!

 
El Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de la Mujer, ha publicado una Resolución (BOE nº 164 de 8 de julio de 2008) por la que se convocan subvenciones, para el periodo 2008-2009, destinadas al establecimiento voluntario de planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en empresas de menos de 250 personas trabajadoras, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres.

Los Proyectos de promoción de la igualdad en las empresas para los que se soliciten las subvenciones reguladas en la presente resolución deberán incluir las siguientes fases:

a) La elaboración de un diagnóstico sobre la situación en la empresa en materia de igualdad entre hombres y mujeres.

b) La elaboración de un plan de igualdad que corrija las deficiencias detectadas.

c) La primera fase de aplicación del plan de igualdad.

El plan de igualdad debe ser un conjunto de medidas tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa, y en él se fijarán las estrategias y las acciones que se tienen que adoptar para conseguir dicho objetivo.

En concreto, se desarrollarán iniciativas para favorecer la conciliación de la vida personal y laboral de trabajadores y para que las mujeres puedan ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a aquellos en los que están poco representadas.

La subvención puede alcanzar hasta 10.000 € , siendo los gastos susceptibles de subvención los siguientes:

a) Importe correspondiente al coste derivado de la asistencia técnica para la elaboración del estudio de diagnóstico de la situación de la empresa en relación con la igualdad de oportunidades.

b) Gastos derivados de la elaboración e implantación del plan de igualdad, como pueden ser los que provengan del asesoramiento técnico que pudiera requerirse para elaborar el plan de igualdad.

c) Gastos derivados de la implantación de la primera fase de aplicación del plan, como los derivados de campañas de sensibilización interna y/o externa, acciones de formación, de promociones internas, nuevas contrataciones relacionadas con el plan de igualdad u otros.

Recordar que el plazo finaliza el 12 de agosto

Podéis descargaros la resolución en www.boe.es o pedir que os la enviemos a Aquesta adreça de correu electrònica està protegida contra els robots d'spam, necessites activar Javascript per veure-la

Si tenéis dudas podéis consultar directamente en el Instituto de la Mujer www.migualdad.es/mujer/ o escribirnos a Aquesta adreça de correu electrònica està protegida contra els robots d'spam, necessites activar Javascript per veure-la
 
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